Cuidado si vives de alquiler: tu arrendador se podría estar saltando la Ley de Vivienda
¿Qué está pasando con la Ley de Vivienda y los pisos de alquiler?
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Atento si resides en una vivienda de alquiler. La Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) ha denunciado algunas formas de contratación de alquileres que se están firmando para saltarse al nueva Ley de Vivienda y esquivar así los límites que impone a los arrendadores la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU). A continuación te contamos todos los supuestos legales que tu arrendador podría estar utilizando -en lugar de un contrato de arrendamiento normal- para saltarse las obligaciones normativas.
Estos son los contratos para todo tipo de vivienda en alquiler que más se están utilizando para defraudar:
- Alquileres de temporada: sin causa que justifique la temporalidad o con plazos inferiores al año
- Alquileres de habitaciones: en lugar de viviendas completas
- Alquileres turísticos
- Alquileres de lofts
- Locales y despachos profesionales: utilizados como viviendas
- Alquileres sin contrato: que directamente no se declaran
- Usufructos temporales: cesión del uso de la vivienda que finalmente se salta el plazo de duración que establece la LAU.
Desde la dirección de ANA, José Ramón Zurdo aseguró el pasado lunes en un comunicado que algunas de estas formas de alquiler «son legales», pero otras, «no lo son», pues si la finalidad con la que el arrendatario va a usar el espacio alquilado es para «residir habitualmente con vocación de permanencia» y se dan las condiciones para ser habitable, entonces se trata de un arrendamiento de vivienda. Todo ello, a pesar de que «la denominación que se le de en el contrato sea otra».
Bono alquiler joven
Son muchos los jóvenes que encuentran dificultades en la Comunidad de Madrid -especialmente en Madrid capital- y en Andalucía para encontrar un alquiler de vivienda digno. Por ello, son varias las regiones que, como la madrileña, cuentan con un bono de alquiler joven. Así, los jóvenes de hasta 35 años de edad incluidos a fecha de solicitud con residencia en Madrid y que perciban 600 euros mensuales o menos -para la ayuda para vivienda- o de 300 euros mensuales -en el caso del arrendamiento de habitación- o de hasta 900 y 450 euros -en función del municipio-; pueden obtener hasta 250 euros de ayuda mensual hasta 24 mensualidades.